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	<title>T-MEC &#8211; MIP Abogados</title>
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		<title>ANTICORRUPCIÓN y T-MEC. Trascendencia de las Políticas Anticorrupción y el T-MEC 30 de junio de 2020</title>
		<link>https://www.mipabogados.com/anticorrupcion-y-t-mec-trascendencia-de-las-politicas-anticorrupcion-y-el-t-mec-30-de-junio-de-2020/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=anticorrupcion-y-t-mec-trascendencia-de-las-politicas-anticorrupcion-y-el-t-mec-30-de-junio-de-2020</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Ricardo Martín]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 Jul 2020 23:47:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ANTICORRUPCIÓN]]></category>
		<category><![CDATA[T-MEC]]></category>
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					<description><![CDATA[Este 1° de julio de 2020 entrará en vigor el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) cuyo propósito medular es: (i) contar con un nuevo acuerdo de alto estándar para apoyar el comercio mutuamente benéfico que conduzca a mercados más libres y justos, y un crecimiento económico [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Este 1° de julio de 2020 entrará en vigor el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) cuyo propósito medular es: (i) contar con un nuevo acuerdo de alto estándar para apoyar el comercio mutuamente benéfico que conduzca a mercados más libres y justos, y un crecimiento económico sólido; (ii) preservar y expandir el comercio regional incentivando aún más la producción y el abastecimiento de mercancías y materiales; y, (iii) mejorar y promover la competitividad de las exportaciones y empresas regionales en los mercados globales, y las condiciones de competencia justa.</p>
<p>El T-MEC establece diversos Capítulos que contienen disposiciones innovadoras, ágiles y modernas. Sin embargo, tales disposiciones resultan ser muy exigentes al buscar transparentar y fortalecer el comercio, la sana competencia y la inversión en la región, pretendiendo ser congruente con la realidad global entre las relaciones comerciales internacionales. Se destacan, entre otras, las denominadas “normas laborales, ambientales y de comercio digital”, y en especial, las denominadas “normas anticorrupción”.</p>
<p>El Capítulo 27 “Anticorrupción” del T-MEC es aplicable a las medidas para prevenir y combatir el cohecho y la corrupción, <u>resultando parte esencial que los Estados Contratantes establezcan medidas para que el sector privado adopte y difunda políticas, lineamientos y protocolos que fijen controles y programas de ética y cumplimiento para prevenir y combatir la corrupción</u> en asuntos que afecten el comercio o la inversión internacionales, incrementando de esta manera la conciencia sobre la existencia, las causas y la gravedad de la corrupción, así como la amenaza que esta representa.</p>
<p><strong>&nbsp;</strong><strong>Comentarios </strong></p>
<p>El Cumplimiento Normativo en materia de Anticorrupción o <em>Compliance</em> Anticorrupción tiene un papel fundamental al proveer los instrumentos necesarios para que las conductas de todos los integrantes de una Organización se rijan invariablemente bajo sus valores y principios éticos y, de esta forma, sus actuaciones sean sanas, justas, honestas y apegadas siempre a la ley, buscando salvaguardar las actuaciones y responsabilidades de la empresa, detectando y corrigiendo prácticas indebidas e impulsando su reputación, el cual resulta ser un intangible institucional que representa mucho valor.</p>
<p>Lo anterior no es novedoso para México, pues desde la reforma constitucional del año 2015 se establecieron las bases de un nuevo orden jurídico tendiente a prevenir, detectar y sancionar hechos de corrupción derivados de las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, así como por los actos de los particulares vinculados con faltas administrativas graves que aquellos cometan.</p>
<p><strong>Recomendaciones </strong></p>
<p>Resulta fundamental revisar y analizar, y, de ser el caso, desarrollar en toda empresa un Cumplimiento Normativo en materia de Anticorrupción o <em>Compliance</em> Anticorrupción, con la finalidad de contar con las políticas de integridad necesarias y que tengan un importante nivel de penetración en la Organización.</p>
<p>Nuestra Firma ha sido reconocida por el diseño e implementación de los fundamentos y las estructuras indispensables para que las empresas cuenten con un correcto y apropiado Cumplimiento Normativo en materia de Anticorrupción o <em>Compliance</em> Anticorrupción, atendiendo a las mejores prácticas internacionales en dicha materia.</p>
<p>Estamos a sus órdenes para cualquier comentario al respecto.</p>
<p style="text-align: right;">CDMX a, 30 de junio de 2020</p>
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